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Ley Pública 280 y Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas de EE. UU.

27 de septiembre de 2021

¿QUÉ ES LA LEY PÚBLICA 280 Y POR QUÉ SE APROBÓ?

En 1953, se aprobó la Ley Pública 280 y se cambió quién tenía jurisdicción penal en tierras tribales. Esta ley “cambió significativamente la división de autoridad legal entre los gobiernos tribales, federales y estatales” (Harvey 2020). PL 280 transfirió la jurisdicción sobre las reservas de nativos americanos del gobierno federal a los gobiernos estatales. Antes de PL 280, los estados no tenían autoridad sobre las tierras tribales. El Congreso aprobó esta ley por tres razones principales: la anarquía en las reservas, la asimilación de los indígenas a la población blanca estadounidense y un presupuesto cada vez menor para los asuntos indígenas (Jiménez y Song 1998). Además, la adopción e implementación de la PL 280 se llevó a cabo sin consentimiento, lo que significa que la población indígena no tenía voz sobre cómo esta ley los afectaría (Goldberg & Singleton 2005). Irónicamente, el Congreso aprobó la PL 280 debido a la anarquía y la aparente delincuencia que infesta las tierras tribales. Desafortunadamente, esta ley se ha convertido en una fuente de anarquía y delincuencia aún mayores.

OBJETIVO DE ESTE TEMA

Para arrojar luz sobre cómo PL 280 ha contribuido en gran medida a los abusos de los derechos humanos, específicamente en lo que respecta a la soberanía tribal y el derecho a la vida, mientras se centra en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas. La aprobación de esta ley generó muchos problemas, ha sido fuente de múltiples protestas y denuncias, encendió la anarquía y el aumento de los delitos y, lo que es más importante, las reservas han sufrido una “mayor desventaja sistémica en la administración de justicia” (Cline 2013).

SIGNIFICADO

Dado que se ha hecho poco para determinar el impacto de la ley en los pueblos indígenas, es esencial analizar cómo la PL 280 contribuyó y continúa contribuyendo a los abusos de los derechos humanos (Goldberg y Singleton 2005). Según un estudio de investigación cuantitativo, el volumen de todos los delitos aumentó en un 77% en los estados de manera obligatoria según la PL 280 (Cline 2013). Esta ley no ha ayudado a la población nativa; ha dado más poder a los estados, reduciendo significativamente la soberanía india y aumentando el número de encuentros fatales que los nativos tienen con la policía. En 2007, se aprobó la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas debido a la violencia y el abuso pasados y en curso. Desafortunadamente, el gobierno de los EE. UU. Aún no hace nada sobre las deficiencias que surgieron de la PL 280.

ABUSOS DE DERECHOS HUMANOS DEBIDOS AL DERECHO PÚBLICO 280

Derecho a la vida

El artículo 7 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas establece que “los indígenas tienen derecho a la vida, la integridad física y mental, la libertad y la seguridad de las personas” (Naciones Unidas 2007). Esto coincide con el artículo 3 de la DUDH, que establece que “toda persona tiene derecho a la vida, la libertad y la seguridad” (Naciones Unidas 1948). Sin embargo, en la práctica, no se ha cumplido, específicamente en lo que respecta al derecho a la vida de los nativos americanos. Los nativos americanos en el noveno distrito tuvieron 18 veces más encuentros fatales por población que los blancos. Con respecto a solo discutir las discrepancias de género, «las mujeres nativas americanas tienen el mayor número de encuentros fatales por población, más de 38 veces más que las mujeres blancas», y la proporción de hombres nativos americanos es 14 veces mayor que la de los hombres blancos (Harvey 2020 ).

En las áreas de estadísticas tribales, hubo un total de 89/239 encuentros mortales, y fuera de las áreas de estadísticas tribales, hubo un total de 150/239 encuentros mortales con la policía. Esto habla de cómo la mayoría de los encuentros fatales para los nativos americanos ocurrieron fuera de las áreas estadísticas tribales por parte de la policía local o estatal (Harvey 2020). El gobierno de los Estados Unidos (los funcionarios estatales y federales) no asumirá la responsabilidad de PL 280 (Goldberg & Singleton 2005).

El gobierno de los EE. UU. Tampoco reconoce que las tasas de criminalidad de los indígenas estadounidenses son 2,5 veces el promedio nacional, y este es solo un ejemplo que demuestra cómo las reservas de la PL 280 han sufrido una desventaja sistémica aún mayor en la administración de justicia (Cline 2013). El derecho a la vida no se puso en práctica lo suficientemente bien. No estaba claro que el derecho a la vida estuviera destinado a los pueblos indígenas, por lo que tuvo que ser reiterado en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas (Naciones Unidas 1948). Aun así, todavía no se está siguiendo, y es por eso que la PL 280 está contribuyendo a los abusos de los derechos humanos hacia la población indígena de Estados Unidos.

Soberanía tribal

El artículo 4 de la Declaración de la ONU sobre los derechos de los pueblos indígenas establece que los pueblos indígenas “tienen derecho a la autonomía o al autogobierno en asuntos relacionados con sus asuntos internos y locales” (Naciones Unidas 2007). PL 280 ha desafiado principalmente el autogobierno y la soberanía tribal porque la tribu ya no decide qué sucede con los procesos penales. El estado ahora tiene control total sobre eso. La ley y el orden de los pueblos indígenas ahora están controlados por la jurisdicción estatal, principalmente la policía estatal. La soberanía tribal es lo que conforma a las naciones indias, y la soberanía tribal está reconocida y protegida por la constitución de los Estados Unidos, así como por los principios aplicables de los derechos humanos.

Además, sin soberanía tribal, las tribus no serían entidades políticas distintas dentro del sistema federal de los Estados Unidos (Kalt & Singer 2004). Es el gobierno tribal el que decide qué se enseña en la escuela secundaria de la reserva, qué impuestos se recaudan, quién puede regular los contratos. Si un gobierno no indio tiene voz en algo de esto, entonces la tribu india carece de soberanía.

La PL 280 cambió la jurisdicción a los estados, lo que les dio más poder a los estados y cuestionó la soberanía tribal que existió durante cientos de años en las reservas tribales. Se llevaron a cabo una serie de entrevistas con los pueblos indígenas y las fuerzas del orden sobre cómo se enteraron por primera vez de la PL 280.

Un miembro de la tribu declaró: “Escuché sobre esto desde que crecí en mis primeros recuerdos. Sí, sí, ancianos, reuniones tribales, había mucho descontento. Esto se remonta a principios de la década de 1960. Puedo recordar que la gente hablaba de ello hasta principios de la década de 1970 que no les gustaba el hecho de que los alguaciles externos pudieran entrar y vagar por la reserva a voluntad. Había mucha preocupación por eso; la gente no estaba respetando la soberanía de la tribu «. (Goldberg y Champagne 2007)

Se preguntó a doscientas dieciocho personas qué significaba para ellos el PL 280. En esta encuesta se incluyó a 45 miembros del personal de justicia penal, 29 miembros del personal de aplicación de la ley y 44 residentes de la reserva. Para dar algunas estadísticas, el 15,6% respondió que la PL 280 significaba dificultades para los gobiernos tribales; El 5,5% dijo que PL 280 significaba ventajas para los gobiernos tribales; El 60,1% dijo que se refería a la jurisdicción penal del estado / condado; El 11,8% de los encuestados informó que PL 280 disminuyó la soberanía tribal (Goldberg & Champagne 2007).

Con una ley que concierne a la policía estatal y a los nativos que viven en tierras tribales, es un problema que una ley que afecta tanto solo obtuvo un resultado del 5.5% por ser ventajosa para los gobiernos tribales. También es una preocupación aún más significativa que el 11,8% de las personas informaron que disminuyó la soberanía tribal y que ni siquiera estadísticamente hablando, un nativo dijo que “[sheriffs] no estaban respetando la soberanía de la tribu ”(Goldberg & Champagne 2007). Es excelente que los pueblos indígenas tengan el derecho humano a la “autonomía o autogobierno”. Sin embargo, cuando se pone a prueba, el gobierno de los EE. UU. No está practicando este derecho humano y aún tiene que reconocer este desprecio.

ÚLTIMAS OBSERVACIONES

Es fundamental distinguir que si bien los derechos humanos son “estándares o reglas sobre cómo deben ser las cosas”, no siempre se cumplen (Cárdenas 2010). Esto no es una sorpresa, especialmente porque he compartido cómo PL 280 contribuye a los abusos contra los derechos humanos. Lo más importante de los derechos humanos es que existen incluso cuando no están protegidos, y por eso he optado por analizar cómo la PL 280 afecta a los pueblos indígenas, incluso si el gobierno de Estados Unidos no lo reconoce. Por lo tanto, las cuestiones de derechos humanos del derecho a la vida, el derecho de que los pueblos indígenas “tienen derecho a participar en la toma de decisiones en asuntos que afecten sus derechos” y “el derecho a la autonomía o el autogobierno”, aún existen aunque estos derechos no estaban, y continúan sin estarlo, protegidos por la PL 280 (Naciones Unidas 2007).

Después de analizar cómo PL 280 contribuye a los abusos de los derechos humanos, aquí están mis pensamientos sobre lo que debería suceder en el futuro:

Debería haber un aumento en la información relacionada con la PL 280 para los miembros de la comunidad tribal que están bajo la jurisdicción de la PL 280. Debería haber más comunidad, comprensión cultural y construcción de confianza entre las fuerzas del orden y los miembros de la comunidad tribal. Esto podría ayudar a cerrar la brecha en la que los miembros tribales sienten que la aplicación de la ley viola su soberanía tribal para que ambas partes puedan comprender lo que se está violando. Debería haber más fondos para la policía tribal, fondos que se retiraron cuando el gobierno federal dejó de reconocer a algunas tribus a nivel federal. Por último, debería aumentar la financiación para realizar más investigaciones sobre los impactos de la PL 280. Hay una falta de investigación que se haya adentrado en los aspectos negativos de esta ley, por lo que esta es una de las recomendaciones más importantes que puedo hacer. Esta investigación debería comparar específicamente la comunidad PL 280 con la comunidad que no pertenece a PL 280 y ver de dónde provienen una multitud de deficiencias de PL 280 y qué se puede hacer a partir de ahí.

Trabajos citados

Cárdenas, Sonia. «Introducción: terror y esperanza». En Derechos humanos en América Latina: una política lllll de terror y esperanza , 1-18. Prensa de la Universidad de Pennsylvania, 2010. Consultado el 9 de diciembre de lllll2020. http://www.jstor.org/stable/j.ctt3fhm05.4.

Cline, Sarah N. “¿Soberanía bajo arresto? La Ley Pública 280 y sus descontentos ”. (2013).

Goldberg, Carole y Champagne, Duane. «Informe final: Aplicación de la ley y justicia penal bajo el derecho público 280». Departamento de Justicia de Estados Unidos. (Noviembre de 2007). lllllhttp: //www.tribal-institute.org/download/pl280_study.pdf

Goldberg, Carole y Valdez-Singleton, Heather. «Prioridades de investigación: Aplicación de la ley en lllllPublic Law 280 States». Departamento de Justicia de Estados Unidos. NCJRS. (Julio de 2005)

Harvey, Matthew. «Encuentros fatales entre nativos americanos y la policía». Federal lllll Banco de la Reserva de Minneapolis , 2020. lllllhttps: //www.minneapolisfed.org/~/media/assets/articles/2020/fatal-encounters-between-nativllllllle-americans-and-the-police/fatal-encounters-between-native-americans-and-the- police_marclllllh-2020.pdf? la = en.

Jiménez, Vanessa J. Song, Soo C. “Jurisdicción concurrente tribal y estatal de derecho público lllll280 «. American University Law Review 47, n. ° 6 (agosto de 1998): 1627-1707.

Kalt, Joseph P. y Joseph William Singer. «Mitos y realidades de la soberanía tribal: la ley y la economía del autogobierno indio». Serie de documentos de trabajo de investigación de la facultad de KSG lllllRWP04-016, marzo de 2004.

lllllhttps: //www2.gov.bc.ca/gov/content/governments/indigenous-people/new-relationship/frequelllllllntly-asked-questions-the-united-nations-declaration-on-the-rights-of-indigenous- pueblos. Naciones Unidas. 1948. declaración Universal de los Derechos Humanos .

Naciones Unidas. 2007. Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas.

Ley Pública 280 y Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas de EE. UU.

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Author
Liana Hutton
Publish Date
septiembre 27, 2021
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